enero 26, 2018

«Lonergan, lector del Ensayo para contribuir a una gramática del asentimiento»



Francisco Vicente Galán Vélez
«Lonergan, lector del Ensayo para contribuir a una gramática del asentimiento»

Open Insight, vol. 8, n.º 13 (2017)

Open Insight Centro de Investigación Social Avanzada (CISAV) (@CISAV) | Querétaro | MÉXICO


Extracto de páginas 218-219, 224 y 231-236de la publicación en PDF. Véanse las referencias en la publicación original del texto.




«Es bien conocido por los estudiosos de la obra de Lonergan que éste reconoció la Gramática del Asentimiento (GA) de Newman como su influencia fundamental y su guía filosófica. En este trabajo, analizo dicha influencia en la principal obra filosófica de Lonergan: Insight:Estudio sobre la comprensión humana.

»La influencia principal de la GA es lo que Newman llamó “sentido ilativo”. Aunque, como trataré de mostrar, Lonergan recoge con mucho detalle el sentido ilativo en los capítulos centrales del Insight dedicados al análisis del papel del juicio en el conocimiento, lo curioso es que este concepto no aparece en el Insight, ni tampoco el nombre de Newman. Mi propósito no es únicamente histórico, sino que, como considero vigente la propuesta de Lonergan, trato de mostrar la pertinencia de la propuesta de Newman.


»[...]


»El capítulo diez investiga el fundamento inmediato del juicio y lo encuentra en la aprehensión del incondicionado virtual, una idea que fue precedida en mi pensamiento por cierta familiaridad con el sentido ilativo de Newman. Es diferente del realismo ingenuo y de la opinión empirista, la cual considera a la verificación como un asunto de atender a los datos, y no como una tarea de encontrar los datos que encajen con una hipótesis. Y difiere, además, por supuesto, de la vieja noción de que juzgar es un asunto de comparar conceptos y descubrir que uno implica al otro (Lonergan, 1974: 273).


»[...]


»El incondicionado virtual

»En el capítulo diez del Insight, “La comprensión refleja”, se profundiza en la comprensión de las operaciones que intervienen en el juicio y, además, se advierte que hay diferentes tipos de juicios, en gran medida porque hay diferentes contextos o campos semánticos. No es lo mismo la verdad de un juicio matemático que la de un juicio de la física o de uno de sentido común. Juzgar es afirmar que uno tiene evidencia para decir que algo es así. Sin la evidencia, estamos adivinando y no querer asentir cuando algo es evidente es una insensatez. El capítulo diez analiza, pues, cómo se pesa esa evidencia.

»Dijimos que la primera operación para juzgar es preguntarse si es verdad o no lo que uno entendió. Esto significa preguntar si uno tiene la evidencia para afirmar que lo comprendido (“juicio prospectivo”), es o no algo incondicionado, o solo depende de que así lo queramos ver. Cuando nos preguntamos si es así o no, procedemos a reflexionar sobre nuestros datos de experiencia, nuestras preguntas orientadas a entender, nuestros conceptos y formulaciones. Ordenamos la evidencia y, sobre todo, la ponderamos. Es decir, nos preguntamos si tenemos todos los datos, si los observamos bien, si son pertinentes, si son coherentes las ideas que tenemos sobre ellos unas con otras, etcétera.

»La pregunta operante es qué condiciones tendría que satisfacer el prospecto de juicio para poder afirmar que es así, y no tan solo que así se me ocurrió. “Captar que la evidencia es suficiente para un juicio prospectivo es aprehender el juicio prospectivo como virtualmente incondicionado” (344). Un incondicionado virtual se distingue de uno formal, algo o alguien que de suyo no tuviera ninguna restricción ni condición en su modo de inteligir, lo que obviamente no es nuestro caso. Para nosotros, un juicio verdadero es un juicio que si bien tenía condiciones, se hizo incondicional por el proceso, por la fuerza (virtud) de satisfacer las condiciones:

»“Un incondicionado virtual comporta tres elementos, a saber: (1) un condicionado, (2) un nexo entre el condicionado y sus condiciones, y (3) el cumplimiento de las condiciones. Por tanto, un juicio prospectivo será virtualmente incondicionado, si (1) es el condicionado, (2) sus condiciones son conocidas y (3) las condiciones se cumplen” (344).


»Todo juicio verdadero es algo absoluto, incondicional. No es así “para mí”. Es así, y punto. No era incondicional. Fue la comprensión refleja la que lo transformó de juicio prospectivo y condicionado “al estado de incondicionado virtual; y la comprensión refleja consuma esta transformación al aprehender las condiciones del condicionado y su cumplimiento” (344).

»La inferencia deductiva es un ejemplo de este esquema general de la comprensión refleja. En el modus ponens, decimos: Si A, entonces B; Es así que A; Luego, B. La premisa mayor vincula al condicionado B con sus condiciones A. La menor, afirma que se cumplieron las condiciones y, por tanto, que la conclusión es incondicionada. “La función, por tanto, de la forma de la inferencia deductiva es mostrar una conclusión como virtualmente incondicionada. El acto de intelección refleja aprehende la estructura y, por coerción racional, se sigue el juicio” (345, énfasis mío). Sin embargo, “la inferencia deductiva no puede ser el ejemplo básico del juicio, pues presupone que otros juicios son verdaderos” (345). Es sólo una ilustración.

»La forma del acto mismo de intelección refleja es mucho más general que la forma de la inferencia deductiva. Si ha de haber una deducción, el nexo entre el condicionado y sus condiciones debe ser un juicio y el cumplimiento de las condiciones debe ser otro juicio. Ahora bien, los juicios son los productos finales del proceso cognoscitivo. Antes de que el nexo entre el condicionado y las condiciones se presentara en el acto de juicio, ya existía en un estado más rudimentario en el proceso cognoscitivo mismo. Antes de que el cumplimiento de las condiciones se hiciera patente en otro acto de juicio, ya estaba también presente en un estado más rudimentario en el proceso cognoscitivo. El hecho notable acerca del acto de intelección refleja es que puede valerse de esos elementos más rudimentarios del proceso cognoscitivo para alcanzar el incondicionado virtual (Lonergan, 1999: 345, énfasis mío).


»Está hablando Newman más que Lonergan, o mejor dicho está hablando Newman con los términos de Lonergan. En el proceso cognoscitivo, está inscrito en forma rudimentaria la manera de establecer el nexo entre condicionado y condiciones, y la manera de saber si se alcanzaron éstas o no. Por eso comienza Lonergan su análisis con los juicios fácticos concretos: los juicios que el hombre de la calle ejerce desde siempre.

»El ejemplo que encontramos no es: “El Reino Unido es una isla”, sino el hombre que regresa del trabajo a su hogar, encuentra las ventanas destrozadas, humo en el ambiente y charcos en el suelo, y entonces emite el juicio fáctico extremadamente limitado “Algo pasó”.

»Lonergan muestra cómo hay un nexo entre las presentaciones sensibles al momento de llegar y las que recuerda al salir, cómo está operando en él la noción de “cosa” como algo que permanece en el tiempo, pero que, si presenta propiedades diferentes, es debido a un cambio. Sin embargo, los señalamientos del tipo anterior, son juicios, dice Lonergan, y “antes, empero, de ser o bien enunciados o bien juicios, existen como estructuras o procedimientos no analizados, inmanentes y ejercidos en el proceso cognoscitivo” (347).

»Una gran cantidad de presentaciones, de ideas, de situaciones, quedan integradas en el juicio: “Algo pasó”. El ejemplo nos muestra que “el nexo entre el condicionado y las condiciones que han de cumplirse es una estructura inmanente y operativa en el proceso cognoscitivo. No es un juicio. No es un conjunto formulado de conceptos, como lo es una definición. Es sencillamente una manera de hacer las cosas, un procedimiento dentro del campo del conocimiento” (346).

»Tales juicios fácticos se basan en intelecciones sobre situaciones concretas. “Intelección” porque, si bien suponen el procedimiento analítico de ordenar y ponderar la evidencia, hay un momento sintético en el que se aprehende que ya se alcanzó la suficiencia de la evidencia. Los insights forman conglomerados unos con otros, de tal modo que unos llevan a diversas preguntas relacionados con otros. De aquí surge una distinción con la que operamos espontáneamente: hay intelecciones vulnerables e invulnerables.

»Las intelecciones son vulnerables cuando todavía quedan más preguntas por hacer sobre el mismo asunto. Pues las nuevas preguntas conducen a nuevas intelecciones, las cuales ciertamente complementan la intelección inicial, modifican en mayor o menor grado su expresión y sus implicaciones, y tal vez lleven a un parecer enteramente nuevo sobre el asunto. Pero, cuando ya no hay más preguntas, el acto de intelección es invulnerable. Pues sólo mediante nuevas preguntas es como surgen nuevas intelecciones, que completan, modifican o revisan el punto de vista y la explicación iniciales (Lonergan, 1999: 349).


»Mas no se trata de que ya no haya preguntas ulteriores posibles, sino de que no haya preguntas ulteriores pertinentes posibles. Lonergan se sitúa en su epistemología entre la búsqueda de la certeza tipo Descartes, que pediría que ya no haya preguntas ulteriores posibles, y las diversas formas de escepticismo, que señalarían que siempre habrá preguntas ulteriores y nunca se llega a un fin. Tampoco se trata de que ya no se me ocurran preguntas ulteriores a mí, sino que ya no las haya. Por ello, se involucra la responsabilidad personal en el juicio, lo que podríamos denominar “la razonabilidad”, la prudencia del justo medio, entre el que, a las primeras de cambio afirma que algo es así, y el indeciso que, a pesar de tener la evidencia para afirmar algo, se muestra vacilante.

»No puedo ahora entrar en mayores detalles epistemológicos, lo que quiero señalar es que Lonergan está siguiendo a Newman, al afirmar que el procedimiento cognoscitivo que opera es espontáneo, rudimentario si lo comparamos con la lógica formal; es auto-correctivo y, lo más importante: en muchas situaciones, llega a un fin. Tal vez sea en esta afirmación en la que se encuentra la influencia más profunda de Newman sobre Lonergan. Es decir, que somos capaces de hacer juicios verdaderos, que somos capaces de llegar a lo incondicionado, a lo absoluto.

»No está de más aclarar que lo absoluto del juicio verdadero no significa que sea exhaustivo, en el sentido de que uno conociera todo de todo. El juicio, dice Lonergan, es un compromiso limitado, lo que significa que su validez es solo respecto a lo que se ha preguntado y se ha comprendido. Por supuesto que no basta con estos juicios fácticos; sin duda, revisten mucha importancia los juicios científicos, basados en generalizaciones, o en la búsqueda de leyes universales. Está, también, la complejidad de la verdad de los juicios matemáticos y de otras formas lógicas de los juicios, como las tautologías, pero todos ellos tienen como fundamento la estructura dinámica cognoscitiva que se ejerce en el hombre de la calle, en el “mixe” y en el scholar de Harvard.

»En el caso de Newman y Lonergan, es fundamental para su retórica que su lector (es decir, yo) aprenda esta racionalidad, esta coerción, esta fuerza racional como algo inherente en él (en mí), tan subjetivo como los deseos y los temores, y que descubra, por tanto, que la objetividad del conocimiento no solo no es algo contrapuesto a la subjetividad, sino que tiene a ésta, a la consciencia, como su fundamento.»





No hay comentarios:

Publicar un comentario