De las preguntas más frecuentes planteadas por los
usuarios del servicio de consultas lingüísticas
de la Academia Española de la Lengua
«Cuando se da una orden a una segunda persona (del singular o del plural), deben usarse las formas propias del imperativo, si la oración es afirmativa, o las formas correspondientes del subjuntivo, si la oración es negativa, va introducida por la conjunción que o se dirige a un interlocutor al que se trata de usted.
»SINGULAR
»“Tómate toda la sopa y deja de protestar”.
»“No te enfades y ponnos otro café”.
»“Que te calles”.
»“Hágame caso”.
»PLURAL
»“¡Venid aquí ahora mismo, granujas!”
»“Poneos el pijama y dormíos cuanto antes”.
»“No lleguéis tarde”.
»“Que os estéis quietos”.
»“Cierren la puerta y siéntense, por favor”.
»No se considera correcto, en el habla esmerada, el uso del infinitivo en lugar del imperativo para dirigir una orden a una segunda persona del plural, como se hace a menudo en el habla coloquial:
»*”¡Venir aquí ahora mismo, granujas!”
»*”Poneros el pijama y dormiros cuanto antes”.
»Solo es válido el empleo del infinitivo con valor de imperativo dirigido a una segunda persona del singular o del plural cuando aparece precedido de la preposición a, uso propio de la lengua oral coloquial: “¡Tú, a callar!”; “Niños, a dormir”.
»No debe confundirse el empleo desaconsejable del infinitivo en lugar del imperativo de segunda persona del plural con la aparición del infinitivo con valor exhortativo en indicaciones, advertencias, recomendaciones o avisos dirigidos a un interlocutor colectivo e indeterminado, habituales en las instrucciones de uso de los aparatos, las etiquetas de los productos o los carteles que dan indicaciones, hacen recomendaciones de tipo cívico o prohíben determinadas acciones en lugares públicos:
»“Consumir a temperatura ambiente”; “Depositar la basura en las papeleras”; “No fumar”; “Lavar a mano”.
»Se trata, en estos casos, de estructuras impersonales en las que no se da una orden directa, sino que se pone de manifiesto una recomendación, una obligación o una prohibición de carácter general, en las que hay que sobrentender fórmulas del tipo:
»“Se debe consumir...” / “Es preciso consumirlo...” / “Hay que consumirlo...” / “Se recomienda consumirlo...”;
»“Debe depositarse la basura en las papeleras” / “Hay que depositar la basura a las papeleras”;
»“No se puede fumar” / “No se permite fumar; “Debe lavarse a mano” / “Se recomienda lavarlo a mano”.»
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